Venezuela del 5 al 10 de enero de 2013
La
fragua y consolidación de la idiosincrasia de un territorio y sus habitantes
que, en el caso venezolano, corresponderían al concepto de Nación, deviene en
un quehacer que en tanto acumulación de principios, valores, saberes, amén de
otros factores, son determinantes de su
direccionalidad cultural y conductual. De hecho, en cuanto a lo público y lo
privado, cada sociedad se desempeña de acuerdo a los intereses de sus
comunidades e instituciones con una clara diferenciación entre ambos sectores
de la vida colectiva.
Sin
embargo, los principios, valores y saberes colectivos no son estáticos y de
hecho su concepción, aceptación y operacionalización pueden varias en el
tiempo. Esto puede ocurrir como consecuencia del propio avance de la sociedad,
la técnica y el conocimiento, tal es el caso del trabajo, por ejemplo, cuando
la robótica ha implicado para el homus
faber, homus economicus de hoy,
la necesidad de aprehender, aprender y hacer con base en nuevas formas de
abordar las labores cotidianas y del trabajo, lo que conlleva el surgimiento de
nuevos valores asociados a hechos tales como las derivaciones del nuevo modelo
ecológico de sustentabilidad para la naturaleza y el hombre y obvio, la propia
sociedad.
Otro
de los múltiples factores que pueden incidir en los cambios sociales y el comportamiento
colectivo en el contexto del nuevo
paradigma o modelo ecológico de desarrollo integral y complejo de la sociedad, deriva
de la extensión de las expectativas de vida al nacer En ese caso, el incremento
del número de años que puede llegar a vivir una persona, asociado a diferentes
aspectos de su actividad profesional y el surgimiento de las nuevas
tecnologías, le obligan a reciclar conocimientos y experiencias que llegan a
afectar no solo su actividad laboral, sino incluso su vida personal y afectiva.
Pero,
más allá de las variadas e infinitas formas en que pueden generarse los cambios
y transformaciones sociales, se ubican aquellas condiciones de cambio inducido,
que no espontaneo, las cuales obedecen a algún fin predeterminado, no
necesariamente asociado al bienestar colectivo sino al establecimiento de
situaciones de facto con un clara orientación al manejo y control de la
sociedad. Es el caso de los llamados procesos
revolucionarios.
Uno
de esos casos, discurriendo actualmente en el mundo, es el correspondiente a la
realidad venezolana. Es evidente que quienes nos oponemos a la instauración en
Venezuela de un régimen político que afecta las libertades fundamentales del
hombre y la sociedad en aras de una supuesta redención del colectivo, lo
hagamos desde posiciones ajustadas a una Constitución que aún no es obra
realizada a la medida de las apetencias de poder de los personeros del
gobierno, en la que aún hay suficiente espacios para la maniobra democrática.
Empero, esa no es la óptica con la cual operan quienes se atribuyen la misión
de construir un hombre y una sociedad nuevas a su imagen y semejanza, bajo un
sino político que hasta ahora ha demostrado su inoperancia a nivel mundial,
donde quiera que se ha pretendido su instauración, con el único resultado capaz
de presentar, cual es su fracaso
político a la par de la infelicidad de los pueblos en los que esta experiencia a
intentado validarse.
Esa
es la única explicación posible al hecho de que, desconociendo el país el
verdadero estado de salud del presidente de la república, se haya abierto el
debate de la sucesión presidencial y los sectores contestes con la revolución,
pretendan hacer caso omiso de la Constitución mediante artificios leguleyos
cuyo único objetivo es la prolongación de su estancia en el poder a través del
mandato de una persona que hoy por hoy no sabemos si esta en condiciones de
ejercerlo, suscitando una lucha feroz entre sus partidarios, a ver quien,
baypaseando los deseos del actual “monarca” venezolano, se queda
definitivamente con el mando.
Como
bien lo han señalado voceros del proceso revolucionario, de ellos y en primer
lugar, el presidente de la Asamblea Nacional, el “candidato elegido”, referido
en este caso a los comicios presidenciales del pasado 7 de octubre en los que el
candidato elegido fue Hugo Rafael Chávez Frías, puede juramentarse ante el
Tribunal Supremo de Justicia con base al deterioro de su estado de salud como causa sobrevenida a la elección (Articulo 231
de la Constitución). Esa es una situación que bien puede resolverse el 10 de
enero, fecha que expresamente se encuentra establecida en la Constitución como
inicio de cada período de gobierno, el que ha de iniciarse, entre 10 de enero
de 2013 y 10 de enero de 2019.
Ahora
bien, el artículo 237 de la misma Constitución, señala que el Presidente de la
República “presentará cada año personalmente a la Asamblea Nacional un mensaje
en que dará cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y
administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior.”. O sea,
que de no haber resultado electo y aún habiéndolo sido, el presidente Chávez está
obligado a presentarse personalmente ante la Asamblea Nacional para dar cuanta
de su gestión durante el año inmediatamente anterior. De no haber resultado
electo, igualmente tendría que hacerlo y ello ocurriría, como es y ha sido
tradición universal, en acto previo a la juramentación del nuevo presidente
electo. Dicha presentación ha de ocurrir en los diez días siguientes a la instalación
de la Asamblea Nacional, a más tardar el 15 de enero de 2013.
Es evidente
que, de tener el presidente algún impedimento, sea este de la naturaleza que
sea, para presentarse ante la Asamblea Nacional y presentar el informe de su
gestión, ello ha de asumirse como en realidad es en primer término, ausencia de
comparecencia personal a la cual está constitucionalmente obligado, ante una
Institución de la República por lo cual, esta falta, de acuerdo con la
situación que la origina puede tenerse como temporal o absoluta. Desde allí, arranca
y ha de arrancar el análisis en profundidad de la situación de incertidumbre que
mantiene en vilo al país, dado que no sabe a ciencia cierta, el estado de salud
del candidato elegido y menos aún el pronóstico del mismo.
De
allí que, quienes pretendan o imaginen que tienen ante sí la posibilidad de
mantenerse en el poder de manera indefinida, sorteando la Constitución mediante
filigranas políticas de base leguleya y no de derecho, como verdaderamente y
ciertamente ha de corresponder, están equivocados. Se puede argumentar que
todos los poderes públicos se encuentran, como en efecto lo están, dominados y
en manos de “revolucionarios” que, como lo han hecho la casi totalidad de los
gobernadores juramentados la semana pasada, juran lealtad a una persona por
encima del tejido jurídico y constitucional del país. Que como consecuencia de
ello, favorecerán con la evacuación de sus consultas, todo lo que implique,
asegura y extender la permanencia revolucionaria en el poder presidencial hasta
tanto se configure un contexto que pueda favorecer la sucesión.
La
cuestión es, por cuanto tiempo podrán hacerlo y hasta donde llegara su cinismo
para continuar pisoteando la Constitución antes de dar el palo definitivo a la lámpara.
Nadie sino su caradurismo pueden saberlo. Lo que si ha de estar claro para las
fuerzas de oposición democrática es que posiblemente hayamos de llegar a lo que
no imaginamos o imaginaron muchos de quienes votaron en contra de la
Constitución actual en el ejercicio pleno de sus derechos democráticos:
Defenderla en la calle. Esa y solo esa será, dentro de este ciclo de la vida nacional,
la última oportunidad de defensa democrática del país….