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Farmacéutico. Profesor Titular en la UDO. Consultoría y Asesoramiento en planificación, organización y gerencia. Coaching. Políticas públicas. Estudios de especialidad, maestría y doctorado.

miércoles, 5 de enero de 2011

El veto del Ejecutivo Nacional a la Ley de Educación Universitaria

MOVIMIENTO NACIONAL POR LA DEFENSA DE LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA

ESTADO BOLIVAR

El veto del Ejecutivo Nacional a la Ley de Educación Universitaria

En representación del Movimiento Nacional por la defensa de la Autonomía Universitaria y, habiendo alertado oportunamente desde nuestra posición con respecto a lo que inicialmente fuese el Proyecto de Ley de Educación Universitaria, posteriormente transformado en Ley al ser considerado y aprobado por la Asamblea Nacional, en una decisión cuya culminación se produjo entre gallos y medianoche, durante la penúltima semana de diciembre, en al lapso correspondiente a las sesiones extraordinarias de ese organismo, expresamos en esta oportunidad, ante la comunidad universitaria del estado Bolívar, nuestra satisfacción por los resultados alcanzados por los universitarios del país, al lograr que la Presidencia de la República vetara la promulgación de la misma, por razones que el propio Ejecutivo Nacional tendrá que explicar al país.

Para nosotros, universitarios dispuestos para la defensa permanente de la Universidad Pública Venezolana y su autonomía, la situación presentada a propósito de la promulgación de la LEU, más que un triunfo de la comunidad universitaria que a lo largo y ancho del país manifestó sus puntos de vista y demostró la inconstitucionalidad del referido instrumento jurídico, representa el avance de las ideas que siendo justas y razonables, se imponen sobre las sombras, y así lo saludamos desde la Casa más alta del Oriente y Sur del país. La autonomía no se negocia y la libertad académica no se entrega bajo ningún respecto, ni a nadie, por cuanto cada hombre es depositario y artífice de sus conocimientos y saberes, materia prima con la que se trabaja en los espacios universitarios, que no en balde constituyen el escenario natural para los estudios de educación superior.

Tres principios y normas fundamentales:

  • La autonomía universitaria es el principio que independiza la universidad de toda ingerencia interna en su funcionamiento y toma de decisiones más no, en cuanto a la necesaria rendición de cuentas al Estado, la sociedad y la comunidad universitaria. Sin embargo, la universidad no puede ni debe abandonar la autocrítica, por lo que cabe señalar si luego de cuarenta años de vigencia de la Ley de Universidades, ¿Existe la posibilidad de revisar el concepto de autonomía, aplicado en el caso de las universidades públicas y autónomas venezolanas a los efectos de recontextualizarla en el mundo globalizado de hoy?.

  • De la autonomía deriva la libertad académica, principio que rige y regula la actividad de la membresía universitaria en relación con el cumplimiento de las funciones de extensión, investigación y docencia. Otorga facultades a los miembros de la comunidad universitaria, por lo general a los docentes e investigadores, para trabajar desde lo académico, todas las corrientes e ideas del pensamiento universal, sin que por ello sean objeto de persecución de tipo alguna.

  • Por otra parte, el co –gobierno es una conquista de larga data, alcanzada en las universidades latinoamericanas con ocasión de las denominadas Reformas de Córdoba a partir del año 1918. Es una norma derivada de la autonomía, que establece la participación ponderada de la representación profesoral y la representación de los alumnos de la universidad, en la toma de decisiones. La ponderación deriva del peso asignado a los dos sectores predominantes en la  integración de la comunidad universitaria, con base en la responsabilidad que para los efectos de la organización, tiene cada uno de ellos.

Esos tres principios y normas fundamentales, generan el ambiente adecuado para la libre especulación y creación intelectual, así como para el resguardo de la libertad que les es inmanente. Esos tres principios y normas quedaban abolidos en la LEU recientemente aprobada, por la más triste y sumisa de las asambleas nacionales que haya tenido el país en tanto representación de la población a lo largo de toda su historia republicana, a la vez que contrariaba el articulo 109 de la Constitución en todas sus partes.

Por tanto, ante las evidencias de inconstitucionalidad, el Ejecutivo no tuvo más alternativa de decisión que vetarla y devolverla, ahora a la nueva Asamblea Nacional a horas apenas de próxima instalación. Se abre así un cause a la discusión de una Ley de Educación Superior, que permita al país poner a tono este nivel del sistema educativo, con los avances de la sociedad del conocimiento y la nueva episteme de al complejidad, a la luz de una verdadera ley que oriente el subsector de cara a un verdadero y sustentable modelo de desarrollo en el contexto democrático, con, libertad y en paz.



Profesores:

María Coromoto Casado
Profesor Titular.  Decana del Núcleo Bolívar, Universidad de Oriente

Carmen Martínez de Lima 
Profesor Titular. Ex - Directora de la Escuela de Ciencias de la Salud UDO Bolívar

Bismarck Ortiz Rondón
Profesor Titular. Delegado de Planificación Universitaria UDO Bolívar




Ciudad Bolívar 4 de enero de 2011